MINJUSDH realizó conferencia virtual para explicar aspectos de la Ley de Protección de Datos Personales y su nuevo reglamento

Nota de prensa
En el marco del Día Internacional de la Protección de Datos Personales, que se conmemoró el 28 de enero, se informó de la labor para promover una cultura de protección de datos personales.
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29 de enero de 2025 - 11:48 a. m.

La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD), en alianza con el Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos del MINJUSDH, organizó la conferencia virtual “La Ley de Protección de Datos Personales y su reglamento” con una concurrencia de 1000 asistentes.

Se disertó sobre los contenidos sustantivos de la legislación peruana sobre esta materia: derechos, obligaciones, medidas de seguridad para el adecuado tratamiento de los datos personales. También se explicaron aspectos del Nuevo Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales, aprobado el 30 de noviembre del año pasado, a través del Decreto Supremo N° 016-2024-JUS. Este reglamento entra en vigor el 31 de marzo de este año, salvo algunas disposiciones específicas.

La norma refuerza la protección de los derechos garantizados por la Ley, actualiza contenidos y explicita otros para hacer más predecible la actuación de la administración pública. Algunas novedades son:
  • Se introduce el mecanismo preventivo de la Evaluación de impacto; de tal forma que un responsable de tratamiento evalúe ex ante los escenarios de riesgo para los datos personales con los que tratará y adopte así las medidas de seguridad que corresponda. Más garantías institucionales para el adecuado tratamiento de los datos personales.
  • Se extiende la figura del Oficial de datos personales para toda organización que trate grandes volúmenes de datos personales o tenga como actividad principal o giro de negocio el tratamiento de datos personales sensibles, como los datos de salud, por ejemplo. Un responsable visible dentro de la organización.
  • Se instituye un plazo (48hrs.) para reportar a la ANPD incidentes de seguridad que hayan comprometido a datos personales y se instituye la obligación de informar de ello a sus usuarios o clientes si hubo una afectación a sus derechos fundamentales.
  • Se instruye a los responsables de tratamiento de datos personales de adolescentes (plataformas de juegos en línea, por ejemplo) a que hagan los esfuerzos razonables para identificar a sus usuarios en términos de edad, de tal forma que se garantice el suministro de contenidos apropiados para la misma.
  • Se reafirma la obligación de establecer medios sencillos y gratuitos para tramitar solicitudes de cancelación del dato u oposición al tratamiento del mismo para prospección comercial (“No quiero que me llamen más”); estableciendo también la obligación para el responsable del tratamiento de adoptar controles necesarios para que los encargados que contrate (call centers, por ejemplo) le reporten dichas solicitudes a efectos de su tramitación, de tal manera que la persona que no lo desea no vuelva a ser contactada.
  • Se eliminan tasas para inscribir bases de datos personales en el Registro Nacional, volviendo el procedimiento de aprobación automática.
La conferencia estuvo a cargo de Eduardo Luna, director general; María Alejandra González, directora de Protección de Datos Personales y Olga Escudero, directora de Fiscalización e Instrucción. En la jornada, también se difundieron por las redes sociales del MINJUSDH videos promocionales de derechos con ocasión de este día conmemorativo; los que pueden visualizarse aquí:facebook ytiktok
Cabe indicar que la ANPD continúa comprometida en su rol como institución garante de la protección de los datos personales en el Perú. Los ciudadanos que consideren que sus datos personales han sido vulnerados pueden presentar una denuncia a través de la mesa de partes presencial o virtual, de igual manera hacer sus consultas mediante la Central telefónica 204-8020 anexo 2410.