Si estás inscrito en el Registro Único de Víctimas (RUV) puedes trasferir tu derecho de reparación en educación a un hijo (a) o nieto (a)
Nota de prensaPueden presentar su solicitud sin salir de casa, a través de la plataforma del Registro Especial de Beneficiarios en Educación (REBRED Digital).

10 de setiembre de 2024 - 10:14 a. m.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) informó que las víctimas del periodo de violencia de 1980 al 2000, que se encuentran inscritos en el Registro Único de Víctimas (RUV), pueden transferir por única vez su derecho de reparación en educación a un hijo (a) o nieto (a) sin salir de casa, presentando una solicitud de manera virtual a través de la plataforma del Registro Especial de Beneficiarios en Educación (REBRED Digital).
Para tal fin, deben registrar su solicitud de transferencia en el siguiente link: cutt.ly/Jexx5vi1a fin de pasar por un proceso de verificación de los requisitos. Si el padre o madre está inscrito en el RUV, presentar partida de nacimiento del hijo/a beneficiario, llenar la Declaración Jurada (DJ) simple autorizando el trámite. Si el hijo/a beneficiario es menor de edad no debe presentar DJ adicional.
Si es el/la abuelo/a quien está inscrito en el RUV, presentar partida de nacimiento del nieto/a beneficiario, partida de nacimiento del intermediario/a, es decir, del hijo/a del abuelo o abuela transferente, DJ simple autorizando el trámite. Si el nieto/a beneficiario es mayor de edad, presentar D.J. simple aceptando el derecho. Si el nieto/a beneficiario es menor de edad, presentar D.J. simple firmada por el intermediario o tutor.
Cabe resaltar que el Programa de Reparaciones en Educación destina becas y accesos diferenciados para las víctimas del periodo de violencia de 1980 al 2000 o sus familiares a educación básica alternativa, estudios de pre grado en universidades e institutos, Colegios de Alto Rendimiento, entre otros.
Una vez finalizada la evaluación, si resulta positiva, se emitirá un Certificado de Acreditación a nombre del beneficiario, el cual será remitido al correo electrónico indicado en la solicitud. También se puede recoger, previa solicitud del interesado, en alguno de los módulos de atención del RUV.
Para solicitar mayor información escribir al correo: ruvinformes@gmail.com o llamar al celular: 920 321221.
Para tal fin, deben registrar su solicitud de transferencia en el siguiente link: cutt.ly/Jexx5vi1a fin de pasar por un proceso de verificación de los requisitos. Si el padre o madre está inscrito en el RUV, presentar partida de nacimiento del hijo/a beneficiario, llenar la Declaración Jurada (DJ) simple autorizando el trámite. Si el hijo/a beneficiario es menor de edad no debe presentar DJ adicional.
Si es el/la abuelo/a quien está inscrito en el RUV, presentar partida de nacimiento del nieto/a beneficiario, partida de nacimiento del intermediario/a, es decir, del hijo/a del abuelo o abuela transferente, DJ simple autorizando el trámite. Si el nieto/a beneficiario es mayor de edad, presentar D.J. simple aceptando el derecho. Si el nieto/a beneficiario es menor de edad, presentar D.J. simple firmada por el intermediario o tutor.
Cabe resaltar que el Programa de Reparaciones en Educación destina becas y accesos diferenciados para las víctimas del periodo de violencia de 1980 al 2000 o sus familiares a educación básica alternativa, estudios de pre grado en universidades e institutos, Colegios de Alto Rendimiento, entre otros.
Una vez finalizada la evaluación, si resulta positiva, se emitirá un Certificado de Acreditación a nombre del beneficiario, el cual será remitido al correo electrónico indicado en la solicitud. También se puede recoger, previa solicitud del interesado, en alguno de los módulos de atención del RUV.
Para solicitar mayor información escribir al correo: ruvinformes@gmail.com o llamar al celular: 920 321221.