Resolución N.° 001234-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
Resolución 001234-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
20 de marzo de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 04059-2024-JUS/TTAIP de 18 de setiembre de 2024, interpuesto por DAVID EDWIN PARIONA PRADO, contra la Carta N° D000280-2024 MML-GSGC-SOS de fecha 17 de junio de 2024, mediante la cual la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA dio atención a la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 4 de junio de 2024, con registro 2024-0112826.
Que, el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal y con el costo que suponga el pedido, con excepción de aquellas informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional;
Que, el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal y con el costo que suponga el pedido, con excepción de aquellas informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional;
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala
