Resolución N.° 001806-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
28 de abril de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 00795-2025-JUS/TTAIP de fecha19 de febrero de 2025, interpuesto por ALICIA MIRTHA ECHENIQUE MARREROS, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ISIDRO con fecha 21 de enero de 2025, con registro de expediente N° 1006/2025.
Con fecha 21 de enero de 2025, la recurrente solicitó a la entidad la remisión a través de su correo electrónico de la siguiente información:
“Todos aquellos documentos (resoluciones, informes, actas, etc.) que integren el Expediente/CASO N° 037526-2024, en el cual se me inició un procedimiento administrativo sancionador por la presunta comisión de la infracción prevista en el código 4.17 de la Tabla de Infracciones Administrativas de la Ordenanza N° 531-MSI.”
Con fecha 3 de febrero de 2025, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de revisión, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000811-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública de la recurrente y de ser el caso, la formulación de sus descargos.
Con fecha 21 de enero de 2025, la recurrente solicitó a la entidad la remisión a través de su correo electrónico de la siguiente información:
“Todos aquellos documentos (resoluciones, informes, actas, etc.) que integren el Expediente/CASO N° 037526-2024, en el cual se me inició un procedimiento administrativo sancionador por la presunta comisión de la infracción prevista en el código 4.17 de la Tabla de Infracciones Administrativas de la Ordenanza N° 531-MSI.”
Con fecha 3 de febrero de 2025, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de revisión, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000811-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública de la recurrente y de ser el caso, la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala
