Resolución N.° 005069-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
3 de noviembre de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 04228-2025-JUS/TTAIP de fecha 29 de septiembre de 2025, interpuesto por JESUS ANTONIO PIZHIULE RAEZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE HUANCAYO con fecha 8 de agosto de 2025.
Con fecha 8 de agosto de 2025, el recurrente requirió a la entidad se le brinde copias simples de la siguiente información:
“Copias de las acciones implementadas en contra del comité de reserva de plazas de la UGEL Huancayo, por no haber desarrollado el debido proceso. Referencia Informe N° 56-2024-DREJ/UGEL-H/RRHH de fecha 09 de febrero de 2024, donde reconocen que el comité no registro ninguna información del proceso de reserva de plaza tanto en la oficina de AG! y tampoco en recursos humanos”
Con fecha 8 de agosto de 2025, el recurrente requirió a la entidad se le brinde copias simples de la siguiente información:
“Copias de las acciones implementadas en contra del comité de reserva de plazas de la UGEL Huancayo, por no haber desarrollado el debido proceso. Referencia Informe N° 56-2024-DREJ/UGEL-H/RRHH de fecha 09 de febrero de 2024, donde reconocen que el comité no registro ninguna información del proceso de reserva de plaza tanto en la oficina de AG! y tampoco en recursos humanos”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala
