Resolución N.° 002763-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
23 de junio de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 01661-2025-JUS/TTAIP de fecha 21 de abril de 2025, interpuesto por RONMEL HECTOR HURTADO MUJICA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la UNIVERSIDAD NACIONAL DE ARTE DIEGO QUISPE TITO DEL CUSCO con fecha 2 de abril de 2025.
Con fecha 2 de abril de 2025, el recurrente solicitó a la entidad se le remita a través de su correo electrónico la siguiente información:
Con fecha 2 de abril de 2025, el recurrente solicitó a la entidad se le remita a través de su correo electrónico la siguiente información:
- Actas de las evaluaciones de la fase de cumplimiento de requisitos y evaluación curricular del recurrente como de los demás postulantes que participaron en el proceso de selección CAS N° 002-2025-UNADQTC.
- Grabaciones de las entrevistas personales y sus respectivas actas de calificación, tanto del recurrente como de los demás postulantes que participaron en el proceso de selección CAS N° 002-2025-UNADQTC.
- Directivas internas o comunicaciones que se hayan impartido o remitido de manera general a todos los jurados examinadores, con los protocolos de actuación respectivos para el día del examen, y con precisiones sobre cómo debían realizarse las calificaciones correspondientes.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala
