Resolución N.° 002593-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
12 de junio de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 04064-2024-JUS/TTAIP de fecha 20 de setiembre de 2024, interpuesto por PATRICK LLACSA MESIA y DALIA MARIA ASTETE MIRANDA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE - PODER JUDICIAL, con la Carta N° 01-2024-STPAD- TTAIP-PLLM de fecha 11 de agosto de 2024.
Con fecha 12 de agosto de 2024", los recurrentes requirieron a la entidad la siguiente información:
habiendo tomado conocimiento que el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública emitió la Resolución N° 001537-2024-JUS-TTAIP- PRIMERA SALA de 17 de abril de 2024, el cual es público, declarando fundado en parte el recurso de apelación; a efectos a efectos de solicitar lo siguiente:
Responsables de Acceso a la Información Pública de la CSLE
1. Alcanzar copia de los documentos con el cual hacen de conocimiento del STPAD del Poder Judicial de los documentos emitidos por el TTAIP antes de la emisión de la Resolución N° 001537-2024-JUS-TTAIP-PRIMERA SALA, incluida la misma, a efectos que se inicie el PAD, por otorgar información fuera del plazo e incompleta.
Con fecha 12 de agosto de 2024", los recurrentes requirieron a la entidad la siguiente información:
habiendo tomado conocimiento que el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública emitió la Resolución N° 001537-2024-JUS-TTAIP- PRIMERA SALA de 17 de abril de 2024, el cual es público, declarando fundado en parte el recurso de apelación; a efectos a efectos de solicitar lo siguiente:
Responsables de Acceso a la Información Pública de la CSLE
1. Alcanzar copia de los documentos con el cual hacen de conocimiento del STPAD del Poder Judicial de los documentos emitidos por el TTAIP antes de la emisión de la Resolución N° 001537-2024-JUS-TTAIP-PRIMERA SALA, incluida la misma, a efectos que se inicie el PAD, por otorgar información fuera del plazo e incompleta.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala
