Resolución N.° 002443-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
2 de junio de 2025
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01552-2025-JUS/TTAIP de fecha 10 de abril de 2025, interpuesto por ROSA CRISTINA CARREÑO FLORES contra los MEMORANDOS Nros. D000336-2025-MML-GPIP y D000504-2025-MML-GFC-SOF de fechas 3 y 7 de abril de 2025, respectivamente, a través de los cuales la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 28 de marzo de 2025.
Con fecha 28 de marzo de 2025, la recurrente requirió a la entidad se le remita a su correo electrónico la siguiente información:
(1) Área total que conforma la Ampliación de la Autopista Ramiro Prialé.
(2) Titulo o títulos de dominio público sobre las áreas que conforman la Ampliación de la Autopista Ramiro Prialé.
(3) Normas legales, municipales y/o reglamentarias que autorizan el desalojo extrajudicial sorpresivo y sin intervención de autoridad alguna en la Autopista Ramiro Prialé.
Con fecha 28 de marzo de 2025, la recurrente requirió a la entidad se le remita a su correo electrónico la siguiente información:
(1) Área total que conforma la Ampliación de la Autopista Ramiro Prialé.
(2) Titulo o títulos de dominio público sobre las áreas que conforman la Ampliación de la Autopista Ramiro Prialé.
(3) Normas legales, municipales y/o reglamentarias que autorizan el desalojo extrajudicial sorpresivo y sin intervención de autoridad alguna en la Autopista Ramiro Prialé.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala
