Resolución N.° 002296-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
23 de mayo de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 01547-2025-JUS/TTAIP de fecha 10 de abril de 2025, interpuesto por SHEYLA INES GIRALDO JULCA contra la Carta N° 0160-2025 MPH-TAIP, de fecha 26 de marzo de 2025, mediante la cual la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY brindó respuesta a la solicitud de acceso a la información pública de fecha 13 de marzo de 2025, con código N°202503545.
Con fecha 13 de marzo de 2025, el recurrente requirió se le remita la siguiente información:
• Copia certificada del expediente administrativo que generó la emisión a la Carta N° 112-2025-GSCyGA-SGO (sin fecha).
• Copia certificada del expediente administrativo que sustenta el cobro del derecho del uso de la vía pública, conforme se señala en el numeral 2 del Acta de Acuerdo de Numeración de los puestos de la Feria Huarmeyana en la Prolongación Belaunde de la Provincia de Huarmey, de fecha 25 de febrero del 2025; así como la lista de las personas autorizadas a realizar el pago del código 264.
• Copia certificada del expediente administrativo, que rige el tratamiento municipal para autorizar el uso de la vía pública, a las asociaciones:
- Asociación de Comerciantes de la Feria Huarmeyana
- Asociación de Comerciantes Única Feria Huarmeyana
- Asociación de Comerciantes De los Días Lunes
Con fecha 13 de marzo de 2025, el recurrente requirió se le remita la siguiente información:
• Copia certificada del expediente administrativo que generó la emisión a la Carta N° 112-2025-GSCyGA-SGO (sin fecha).
• Copia certificada del expediente administrativo que sustenta el cobro del derecho del uso de la vía pública, conforme se señala en el numeral 2 del Acta de Acuerdo de Numeración de los puestos de la Feria Huarmeyana en la Prolongación Belaunde de la Provincia de Huarmey, de fecha 25 de febrero del 2025; así como la lista de las personas autorizadas a realizar el pago del código 264.
• Copia certificada del expediente administrativo, que rige el tratamiento municipal para autorizar el uso de la vía pública, a las asociaciones:
- Asociación de Comerciantes de la Feria Huarmeyana
- Asociación de Comerciantes Única Feria Huarmeyana
- Asociación de Comerciantes De los Días Lunes
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala
