Resolución N.° 1161-2023-JUS/DGDPAJ-DCMA

Procedimiento Administrativo Sancionador N.° 103-2023

26 de julio de 2023

DECLARAR que el Centro de Conciliación Socorro, vulneró su obligación contenida en el numeral 28, del artículo 74° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación, quedando acreditada la comisión de la infracción prevista en el numeral 1, literal c) del artículo 139° del mismo cuerpo legal. En consecuencia, se le IMPONE la sanción de MULTA de una (01) URP, al amparo del artículo 138° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación; del numeral 2, literal a) del artículo 257° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en atención al principio de razonabilidad, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.

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RD N° 001161-2023

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