Resolución N.° 917-2023-JUS/DGDPAJ-DCMA
Procedimiento Administrativo Sancionador N.° 018-2023
6 de junio de 2023
DECLARAR que el CENTRO DE CONCILIACIÓN GANDHI vulneró su obligación contenida en el numeral 3) del artículo 74° del T.U.O del Reglamento; quedando acreditada la comisión de la infracción prevista en el numeral 3), literal c) del artículo 137° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación En consecuencia, se le IMPONE la sanción de AMONESTACIÓN ESCRITA; según lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.
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