Resolución N.° 1150-2023-JUS/DGDPAJ-DCMA

Procedimiento Administrativo Sancionador N.° 013-2023

24 de julio de 2023

DECLARAR que el CENTRO DE CONCILIACIÓN MANTOBEN LUPE LEX, vulneró su obligación contenida en el numeral 23, del artículo 74° del T.U.O del Reglamento, quedando acreditada la comisión de la infracción prevista en el numeral 19, literal c) del artículo 139° del mismo cuerpo legal, –por no cumplir y velar que sus conciliadores cumplan con las formalidades del procedimiento conciliatorio-. En consecuencia, se le IMPONE la sanción de MULTA de dos (2) URP, al amparo del artículo 138° del T.U.O del Reglamento y en atención al principio de razonabilidad, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales DCMA

Vista preliminar de documento 5. RD N° 001150-2023

5. RD N° 001150-2023

PDF
664 KB