Resolución N.° 003894-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

28 de agosto de 2025

VISTO el Expediente de Apelación N° 03548-2025-JUS/TTAIP de fecha 22 de agosto de 2025, interpuesto por BLEINER DAURI FLORES GONZALES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA con fecha 5 de agosto de 2025, registrada con expediente N° 141333-2025.

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a solicitar sín expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal y con el costo que suponga el pedido, con excepción de aquellas informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional.

Artículo 1.- DECLARAR IMPROCEDENTE por prematuro el recurso de apelación recaído en el Expediente de Apelación N° 03548-2025-JUS/TTAIP de fecha 22 de agosto de 2025, interpuesto por BLEINER DAURI FLORES GONZALES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA con fecha 5 de agosto de 2025, registrada con expediente N° 141333-2025.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Improcedencia - Segunda Sala

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