Resolución Directoral N.° 1837-2023-JUS/DGDPAJ-DCMA

Procedimiento Administrativo Sancionador N.° 189-2023

13 de diciembre de 2023

DECLARAR ACREDITADA la comisión de la infracción prevista en el numeral 19) del literal c) del artículo 139 del T.U.O. y el numeral 7, literal a) del artículo 137° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación imputada a la Asociación Centro de Conciliación Luz del Nuevo Amanecer, Imponiéndole la sanción de Multa, ascendente a dos (02) URP por ser la más grave, en aplicación al literal f) del artículo 130 del T.U.O. del Reglamento, concordante con el artículo 138 del mismo cuerpo legal, al existir concurso de infracciones, por no cumplir o permitir que sus conciliadores no cumplan con los principios, plazos y formalidades de trámite, establecidos por la Ley y su Reglamento para el procedimiento conciliatorio, esto es, la formalidad dispuesta en el artículo 14 de la Ley de Conciliación, concordante con el artículo 19 del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación, de acuerdo a los considerandos expuestos en la presente resolución.

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66. RD N° 001837-2023

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