Resolución Directoral N.° 1770-2023-JUS/DGDPAJ-DCMA
Procedimiento Administrativo Sancionador N.° 171-2023
28 de noviembre de 2023
DECLARAR que el Centro de Conciliación Extrajudicial Concilia Chancay, infringió los numerales 48 y 49, del artículo 74° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación, quedando acreditada la comisión de las infracciones previstas en el numeral 5, del literal c) del artículo 137° y numeral 1, del literal c) del artículo 141° del mismo cuerpo legal, porque admitió a trámite el Procedimiento Conciliatorio N° 050-2023, sin los documentos relacionados al conflicto y porque admitió dicho procedimiento conciliatorio sin la existencia previa de un conflicto. En consecuencia, se le IMPONE la sanción de SUSPENSION, de un (01) mes del ejercicio de la función conciliatoria, al amparo del literal f) del artículo 130°, el artículo 140° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación y en atención al principio de razonabilidad, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
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