Resolución N.° 003225-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

16 de julio de 2025

VISTO el Expediente de Apelación N° 02239-2025-JUS/TTAIP de fecha 26 de mayo de 2025, interpuesto por CAMILA ALESSANDRA VALVERDE PAREDES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el PARTIDO POLÍTICO “ACCIÓN POPULAR” con fecha 5 de mayo de 2025.

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal y con el costo que suponga el pedido, con excepción de aquellas informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional.

(...)

Artículo 1.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación recaído en el Expediente N* 02239-2025-JUS/TTAIP de fecha 26 de mayo de 2025, interpuesto por CAMILA ALESSANDRA VALVERDE PAREDES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el PARTIDO POLÍTICO “ACCIÓN POPULAR” con fecha 5 de mayo de 2025.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Improcedencia - Segunda Sala

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