Resolución N.° 003371-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

20 de agosto de 2025

VISTO el Expediente de Apelación Nº 02767-2025-JUS/TTAIP recibido por este Tribunal con fecha 27 de junio de 2025, interpuesto por PATRICIA SADI HUACAN MAMANI, contra la respuesta contenida en la Carta N° 000384-2025-GRATA-ESSALUD-2025 de fecha 24 de junio de 2025, mediante el cual el SEGURO SOCIAL DE SALUD - RED ASISTENCIAL DE TACNA atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada el 21 de abril de 2025 con Carta N° 003-PSHM-2025, la cual generó el Expediente N° 0393820250003024, reiterada con Carta N° 005-PSHM-2025 y registrada con el Expediente N° 0393820250003024-

CONSIDERANDO:

I. ANTECEDENTES
Con fecha 21 de abril de 2025, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, con Carta N° 003-PSHM-2025, la recurrente presentó ante la entidad su solicitud la cual generó el Expediente N° 0393820250003024, mediante la cual requirió lo siguiente:

-Copia del registro digital de asistencia correspondiente a mi persona, del día 04 de abril 2025.
-Copia fedateada del cuaderno de ocurrencias de la empresa de seguridad y vigilancia privada COSEPRI S.A.C., correspondiente al CAP III Metropolitano B, del día 04 de abril de 2025.
-Copia fedateada del informe emitido por el Sr. Beyby Paz Arratia, trabajador de la empresa de seguridad y vigilancia privada COSEPRI S.A.C., dirigida al director del CAP III Metropolitano, relacionado con el incidente ocurrido el día 04 de abril de 2025, en el CAP III Metropolitano B, que involucra a la suscrita.
-Copia fedateada del informe elaborado por la Dra. Danitza Liendo Acosta, respecto al mismo incidente ocurrido el 04 de abril de 2025 en el CAP III Metropolitano B, que también hace referencia a la suscrita.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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