Resolución N.° 003351-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

19 de agosto de 2025

VISTO el Expediente de Apelación N° 01771-2025-JUS/TTAIP recibido por este Tribunal con fecha 25 de abril de 2025, interpuesto por JOSE ANTONIO ARDITO SÁENZ contra la Carta EF/92.7832-N° C13534-2025 de fecha 11 de marzo de 2025, mediante la cual el BANCO DE LA NACIÓN atendió su solicitud de acceso a la información pública.

CONSIDERANDO:
Que, el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal y con el costo que suponga el pedido, con excepción de aquellas informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional.

Artículo 1.- HACER EFECTIVO el apercibimiento declarado en la Resolución N° 001951-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, disponiendo TENER POR NO PRESENTADO el recurso de apelación interpuesto por JOSE ANTONIO ARDITO SÁENZ.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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