Resolución N.° 003349-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
19 de agosto de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 02666-2025-JUS/TTAIP de fecha 23 de junio de 2025, interpuesto por JAMES ERNESTO SÁNCHEZ CALDERÓN contra la respuesta de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO respecto de su solicitud de acceso a la información pública presentada el 22 de abril de 2025.
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal y con el costo que suponga el pedido, con excepción de aquellas informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional.
Artículo 1.- HACER EFECTIVO el apercibimiento declarado en la Resolución N° 002674 2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, disponiendo TENER POR NO PRESENTADO el recurso de apelación interpuesto por JAMES ERNESTO SÁNCHEZ CALDERÓN.
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal y con el costo que suponga el pedido, con excepción de aquellas informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional.
Artículo 1.- HACER EFECTIVO el apercibimiento declarado en la Resolución N° 002674 2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, disponiendo TENER POR NO PRESENTADO el recurso de apelación interpuesto por JAMES ERNESTO SÁNCHEZ CALDERÓN.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala
