Resolución N.° 002913-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
14 de julio de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N* 02216-2025-JUS/TTAIP recibido por este Tribunal con fecha 23 de mayo de 2025, interpuesto por HUGO FRANCISCO DEL MILAGRO BROUSSET VILLALOBOS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LIMA - SAT LIMA con fecha 31 de marzo de 2025.
CONSIDERANDO:
l ANTECEDENTES Con fecha 31 de marzo de 2025, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la remisión por correo electrónico de la siguiente información:
Solicito copia de Papeleta del número: 13476393. Solicito se me brinde el acceso a la Papeleta de Infracción de Tránsito (PIT) N 13476393 y a la Resolución Única de Sanción N 17614600059938, así como también alguna resolución de caducidad o prescripción que obre en los registros de dicho procedimiento administrativo de sanción. También solicito se me remitan los cargos de notificación y el Informe Final de Instrucción que corresponde a aquella Resolución. Así como cualquier acta de ejecución coactiva y/o medida cautelar referida a la Resolución en cuestión y el recibo de pago de la PIT N°13476393.
CONSIDERANDO:
l ANTECEDENTES Con fecha 31 de marzo de 2025, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la remisión por correo electrónico de la siguiente información:
Solicito copia de Papeleta del número: 13476393. Solicito se me brinde el acceso a la Papeleta de Infracción de Tránsito (PIT) N 13476393 y a la Resolución Única de Sanción N 17614600059938, así como también alguna resolución de caducidad o prescripción que obre en los registros de dicho procedimiento administrativo de sanción. También solicito se me remitan los cargos de notificación y el Informe Final de Instrucción que corresponde a aquella Resolución. Así como cualquier acta de ejecución coactiva y/o medida cautelar referida a la Resolución en cuestión y el recibo de pago de la PIT N°13476393.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala
