Resolución N.° 002752-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
2 de julio de 2025
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01611-2025-JUS/TTAIP recepcionado por este Tribunal con fecha 15 de abril de 2025, interpuesto por ANA MARIA ZUÑIGA EVARISTO contra la comunicación contenida en el correo electrónico de fecha 31 de marzo de 2025, mediante la cual el ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL - COFOPRI atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con Expediente N° 2025-0021647 de fecha 26 de marzo de 2025.
CONSIDERANDO
ANTECEDENTES Con fecha 26 de marzo de 2025, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó la siguiente información: copias simples del íntegro del Expediente Administrativo, referente a la solicitud de titulación presentada por la señora Azucena Zuñiga Evaristo respecto del predio ubicado en Centro Poblado Aldea Campesina del distrito de Chancay, provincia de Huaral y departamento de Lima”. Mediante la comunicación contenida en el correo electrónico de fecha 31 de marzo de 2025, la entidad otorgó respuesta a la solicitud de la recurrente, comunicándole
(...)
Artículo 1.- DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación presentado por ANA MARIA ZUÑIGA EVARISTO contra la comunicación contenida en el correo electrónico de fecha 31 de marzo de 2025; y, en consecuencia, ORDENAR al ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL - COFOPRI que entregue a la recurrente la información pública requerida con la solicitud de acceso a la información pública presentada con Expediente N° 2025-0021647 de fecha 26 de marzo de 2025, en la forma y medio requeridos, tachando de manera motivada, de ser el caso, la información protegida por las excepciones contempladas en la Ley de Transparencia; conforme a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
CONSIDERANDO
ANTECEDENTES Con fecha 26 de marzo de 2025, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó la siguiente información: copias simples del íntegro del Expediente Administrativo, referente a la solicitud de titulación presentada por la señora Azucena Zuñiga Evaristo respecto del predio ubicado en Centro Poblado Aldea Campesina del distrito de Chancay, provincia de Huaral y departamento de Lima”. Mediante la comunicación contenida en el correo electrónico de fecha 31 de marzo de 2025, la entidad otorgó respuesta a la solicitud de la recurrente, comunicándole
(...)
Artículo 1.- DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación presentado por ANA MARIA ZUÑIGA EVARISTO contra la comunicación contenida en el correo electrónico de fecha 31 de marzo de 2025; y, en consecuencia, ORDENAR al ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL - COFOPRI que entregue a la recurrente la información pública requerida con la solicitud de acceso a la información pública presentada con Expediente N° 2025-0021647 de fecha 26 de marzo de 2025, en la forma y medio requeridos, tachando de manera motivada, de ser el caso, la información protegida por las excepciones contempladas en la Ley de Transparencia; conforme a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala
