Resolución N.° 001673-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
21 de abril de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 00996-2025-JUS/TTAIP de fecha 4 de marzo de 2025, interpuesto por la ANGEL MANUEL RUIZ ROJAS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LIMA-SAT con fecha 3 de febrero de 2025, que generó el Trámite No. 298-088-00027001.
CONSIDERANDO:
ANTECEDENTES Con fecha 3 de febrero de 2025, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó, se le remita por correo electrónico la siguiente información: “Cargo de notificación del oficio con el que se eleva al tribunal fiscal nuestra apelación de fecha 15/06/2023 interpuesto contra la Resolución de Gerencia de Impugnaciones No. 267-026-00071325.” Con fecha 4 de marzo de 2025, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis. Mediante Resolución 001096-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA1, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos.
CONSIDERANDO:
ANTECEDENTES Con fecha 3 de febrero de 2025, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó, se le remita por correo electrónico la siguiente información: “Cargo de notificación del oficio con el que se eleva al tribunal fiscal nuestra apelación de fecha 15/06/2023 interpuesto contra la Resolución de Gerencia de Impugnaciones No. 267-026-00071325.” Con fecha 4 de marzo de 2025, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis. Mediante Resolución 001096-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA1, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala
