Resolución N.° 562-2023-JUS/DGDPAJ-DCMA
Procedimiento Administrativo Sancionador N.° 1266-2022
5 de abril de 2023
DECLARAR que el centro de conciliación denominado SI VIS PAZ AREQUIPA, vulneró su obligación contenida en el numeral 23) del artículo 74° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación, quedando acreditada la comisión de la infracción prevista en el numeral 19, literal c) del artículo 139° del mismo cuerpo legal. En consecuencia, se le IMPONE la sanción de MULTA de dos (02) URP, al amparo del artículo 138° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación y en atención al principio de razonabilidad, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.
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