Resolución N.° 706-2023-JUS/DGDPAJ-DCMA
Procedimiento Administrativo Sancionador N.° 1251-2022
3 de mayo de 2023
Declarar que la Conciliadora Dina Celestina Auris Mayta, vulneró su obligación contenida en el numeral 8) del artículo 62° del T.U.O del Reglamento, quedando acreditada la comisión de la infracción prevista en el numeral 2), literal a) del artículo 139° del mismo cuerpo legal, – al permitir en la audiencia de conciliación la representación de persona natural que no se encuentra dentro de los supuestos que establece el artículo 14° de la Ley de Conciliación-. En consecuencia, se le IMPONE la sanción de MULTA de dos (2) URP, al amparo del artículo 130° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación y en atención al principio de razonabilidad, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución
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