Resolución N.° 341-2023-JUS/DGDPAJ-DCMA
Procedimiento Administrativo Sancionador N.° 1151-2022
27 de febrero de 2023
DECLARAR ACREDITADA la comisión de la infracción imputada al Centro de Formación y Capacitación del Ilustre Colegio de abogados de Lima, previsto en los numerales 4 y 6 del literal d) del artículo 139 del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación, Imponiéndole la sanción de Multa, ascendente a dos (02 URP), por publicitar los cursos que organicen, con información no veraz ni objetiva, que pueda generar confusión o falsas expectativas en el público; y, por reemplazar a un capacitador, sin contar con la autorización de la DCMA; en aplicación del literal f) del artículo 130 del T.U.O. del Reglamento, al existir concurso de infracciones en relación al numeral 2) acápite d) del artículo 137° y numerales 4 y 6 del literal d) del artículo 139 del T.U.O. del Reglamento; y, en atención al artículo 138 del T.U.O. de la acotada norma, de acuerdo a los considerandos expuestos en la presente resolución.
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