Resolución N.° 295-2023-JUS/DGDPAJ-DCMA
Procedimiento Administrativo Sancionador N.° 1144-2022
16 de febrero de 2023
DECLARAR que el conciliador Germán Auris Evangelista, vulneró sus obligaciones contenidas en los numerales 2 y 10, del artículo 62° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación, quedando acreditada la comisión de las infracciones previstas en el numeral 7, literal a) del artículo 137° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación y el numeral 4, literal a) del artículo 139° del mismo cuerpo legal, cuyas conductas se sancionan con multa y amonestación escrita, respectivamente. En consecuencia, de tratarse de un concurso de infracción, se le IMPONE la sanción de MULTA de una (01) URP, al amparo del artículo 138° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación y en atención al principio de razonabilidad, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa del presente informe.
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