Resolución Directoral N.° 3933-2022-JUS/DGDPAJ-DCMA

Procedimiento Administrativo Sancionador N.° 328-2022

29 de setiembre de 2022

DECLARAR que al conciliador Ruperto Mera Huamán; adscrito al Centro de Conciliación denominado Centro de Conciliación Extrajudicial Llave de la Justicia “CECOLLAJUS”; constituido a través de la Asociación Civil denominada Asociación por un país unido, vulneró su obligación contenida en el numeral 3, del artículo 62° del T.U.O del Reglamento de la Ley de Conciliación, quedando acreditada la comisión de la infracción prevista en el numeral 3, literal a) del artículo 137° del T.U.O del mismo cuerpo legal. En consecuencia, se le OIMPONE la sanción de AMONESTACIÓN ESCRITA, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales DCMA

Vista preliminar de documento 13. RESOLUCION 003933-2022-JUS-DCEMSC

13. RESOLUCION 003933-2022-JUS-DCEMSC

PDF
113.7 KB