Resolución Directoral N.° 2763-2022-JUS/DGDPAJ-DCMA

Procedimiento Administrativo Sancionador N.° 010-2022

14 de junio de 2022

DECLARAR que el Centro de Conciliación Negociación Justa, vulneró su obligación contenida en el numeral 28, del artículo 56° del Reglamento de la Ley de Conciliación, quedando acreditada la comisión de la infracción prevista en el numeral 1, literal c) del artículo 115° del mismo cuerpo legal, toda vez que admitió a trámite el Procedimiento Conciliatorio N°001-2020 -patria potestad-, pese a tratarse de una materia no conciliable. En consecuencia, se le IMPONE la sanción de MULTA de una (01) URP, al amparo del artículo 114° del Reglamento de la Ley de Conciliación y en atención al principio de razonabilidad, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.

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3. RESOLUCION 002763-2022-JUS-DCEMSC

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