Resolución N.° 004018-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

3 de setiembre de 2025

VISTO el Expediente de Apelación N° 02914-2025-JUS/TTAIP de fecha 7 de julio de 2025, interpuesto por JAVIER RUMUALDO NAVARRO URIARTE contra la respuesta contenida en el correa electrónico de fecha 22 de mayo de 2025, a través de la cual la SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada el 30 de abril de 2025, con Expediente N° 2025-00042109’.
El 30 de abril de 2025, el recurrente presentó ante la entidad una solicitud de acceso a la información pública, requiriendo que se le remita por correo electrónico la información que a continuación se detalla:
‘copia del Expediente PRS10000207917, de fecha de inicio del trámite — CIAD/AFP el día 14/09/2015 y fecha de Registro — SBS DEL 30/10/2015, así como también copia del Informe de Nulidad Improcedente, cuya siítuación del estado del trámite de Libre Desafiliación Informada del Sistema Privado de Pensiones (SPP), figura en el Portal de la SBS como:
- Resolución SBS Nro. —
- Fecha de Resolución SBS —
- Situación Expediente Informe de Nulidad Improcedente”. (Sic.)

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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