Resolución N.° 002669-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
17 de junio de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 02083-2025-JUS/TTAIP, recibido por este Tribunal con fecha 15 de mayo de 2025, interpuesto por, contra la Carta N°000123-2025-OTAIP- de fecha 8 de mayo de 2025, por la cual la UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS, atendió la solicitud de acceso a la información publica presentada el 16 de abril de 2025.
CONSIDERANDO:
ANTECEDENTES
Con fecha 16 de abril de 2025, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente requiri6 a la entidad se le proporcione la siguiente información:
Considerando que esta solicitud tiene como fundamento jurídico el Derecho Fundamental del administrado de tener acceso a la información publica, solicito la siguiente información parcial disponible de carácter público en formato digital de conformidad con el marco legal de la Ley N° 27806:
1. COPIA DIGITAL SIMPLE de los documentos que tenga posesión la Facultad de Medicina Humana de la Universidad Nacional de San Marcos, incluyendo sus diferentes áreas (Postgrado, etc.), y que utiliza la entidad en el ejercicio de sus funciones, que contengan la información sobre lo que el medico clínico tiene el deber de informar al paciente sobre la DESCRIPCIÓN EN TÉRMINOS SENCILLOS EN QUE CONSISTE EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN MEDICA durante el proceso de consentimiento informado en el ámbito clínico.
2. COPIA DIGITAL SIMPLE de los documentos que tenga posesión la Facultad de Medicina Humana de la Universidad Nacional de San Marcos, incluyendo sus diferentes áreas (Postgrado, etc.), y que utiliza la entidad en el ejercicio de sus funciones, que contengan la información sobre lo que el medico clínico tiene el deber de informar al paciente sobre los OBJETOS DE LAS EVALUACIONES MEDICAS durante el proceso de consentimiento informado en el ámbito clínico.
3. COPIA DIGITAL SIMPLE de los documentos que tenga posesión la Facultad de Medicina Humana de la Universidad Nacional de San Marcos, incluyendo sus diferentes áreas (Postgrado, etc.), y que utiliza la entidad en el ejercicio de sus funciones, que contengan la información que el medico clínico tiene el deber de informar al paciente sobre los DIAGNOSTICOS DE LAS EVALUACIONES MEDICAS durante el proceso de consentimiento informado en el ámbito clínico.
4. COPIA DIGITAL SIMPLE de los documentos que tenga posesión la Facultad de Medicina Humana de la Universidad Nacional de San Marcos, incluyendo sus diferentes áreas (Postgrado, etc.), y que utiliza la entidad en el ejercicio de sus funciones, que contengan la información que el medico clínico tiene el deber de informar al paciente sobre los RIESGOS REALES Y POTENCIALES DE LAS EVALUACIONES MEDICAS durante el proceso de consentimiento informado en el ámbito clínico.
5. COPIA DIGITAL SIMPLE de los documentos que tenga posesión la Facultad de Medicina Humana de la Universidad Nacional de San Marcos, incluyendo sus diferentes áreas (Postgrado, etc.), y que utiliza la entidad en el ejercicio de sus funciones, que contengan la información que el medico clínico tiene el deber de informar al paciente sobre los LIMITES DE LAS EVALUACIONES MEDICAS durante el proceso de consentimiento informado en el ámbito clínico.
6. COPIA DIGITAL SIMPLE del documento que contenga el MARCO LEGAL DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO en el ámbito de evaluaciones medicas clínicas (público y privado) que es de observancia obligatoria (o vinculante) en el ejercicio de la profesión de los médicos Facultad de Medicina Humana de la Universidad Nacional de San Marcos para que dicho consentimiento se considere legalmente valido.
7. COPIA DIGITAL SIMPLE de todos los folios de los documentos (normas, etc.) que integran el MARCO LEGAL DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO en el ámbito de evaluaciones medicas clínicas (público y privado) que es de observancia obligatoria (o vinculante) en el ejercicio de la profesión de los médicos de la Facultad de Medicina Humana de la Universidad Nacional de San Marcos para que dicho consentimiento se considere legalmente valido.
8. COPIA DIGITAL SIMPLE de los documentos que tenga posesión la Facultad de Medicina Humana de la Universidad Nacional de San Marcos, incluyendo sus diferentes áreas (Postgrado, etc.), y que utiliza la entidad en el ejercicio de sus funciones, que contengan la información que el medico clínico tiene el deber de informar al paciente sobre la REVOCATORIA DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO EN LAS EVALUACIONES MEDICAS durante el proceso de consentimiento informado en el ámbito clínico.
9. COPIA DIGITAL SIMPLE de los documentos que tenga posesión la Facultad de Medicina Humana de la Universidad Nacional de San Marcos, incluyendo sus diferentes áreas (Postgrado, etc.), y que utiliza la entidad en el ejercicio de sus funciones, que contengan la información que el medico clínico tiene el deber de informar al paciente sobre los DERECHOS LEGALES DEL PACIENTE EN LAS EVALUACIONES MEDICAS durante el proceso de consentimiento informado en el ámbito clínico. Requiero saber los derechos legales tienen los pacientes en las evaluaciones medicas en el ámbito clínico.
10. COPIA DIGITAL SIMPLE de los documentos que tenga posesión la Facultad de Medicina Humana de la Universidad Nacional de San Marcos, incluyendo sus diferentes áreas (Postgrado, etc.), y que utiliza la entidad en el ejercicio de sus funciones, que contengan la información que el medico clínico tiene el deber de informar al paciente sobre la ASISTENCIA DEL ABOGADO DEL PACIENTE DURANTE EL PROCESO DE CONSENTIMIENTO INFORMADO DE LAS EVALUACIONES MEDICAS en el ámbito clínico.
11. El nombre y cargo del personal que tenga posesión o control de la Información solicitada en esta solicitud.
12. El nombre y cargo del personal que sea responsable de brindar la Información solicitada en esta solicitud.”. (sic)
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala
