Resolución N.° 1222-2024-JUS/DGDPAJ-DCMA
Procedimiento Administrativo Sancionador N.° 068-2024
24 de setiembre de 2024
Declarar que el Conciliador Rodrigo Aldair Roque Mamani, vulneró su obligación contenida en los numerales 1 y 8, del artículo 62° del T.U.O del Reglamento, quedando acreditada la comisión de las infracciones previstas en los numerales 2 y 3, literal a) del artículo 139° del mismo cuerpo legal. En consecuencia, se le IMPONE la sanción de MULTA de dos (2) URP, en atención al inciso c) del artículo 130° del T.U.O del Reglamento de la Ley de Conciliación y al amparo del artículo 138° del mismo cuerpo normativo, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.
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