Resolución N.° 977-2024-JUS/DGDPAJ-DCMA
Procedimiento Administrativo Sancionador N.° 048-2024
5 de agosto de 2024
DECLARAR ACREDITADA la comisión de la infracción prevista en el numeral 3 del literal a) del artículo 139 del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación, imputada a la conciliadora Maria Luisa Ramirez Paniura, imponiéndoles la sanción de Multa, ascendente a dos (02) URP, por dar por concluido el procedimiento conciliatorio sin la forma establecida en el artículo 15 de la Ley, esto es, no concluir el procedimiento conciliatorio de acuerdo al literal f) del artículo 15 de la Ley de Conciliación, al haberse retirado el invitado antes de la conclusión de la audiencia; en aplicación de los literales c) y f) del artículo 130 del T.U.O. del Reglamento, principio de razonabilidad y al existir concurso de infracciones en relación al el numeral 7 del literal a) del artículo 137 del T.U.O. del Reglamento y el numeral 3 del literal a) del artículo 139 del T.U.O. del Reglamento y, en atención al artículo 138 del T.U.O. de la acotada norma, de acuerdo a los considerandos expuestos en la presente resolución.
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