Resolución N.° 002412-2025/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA

30 de mayo de 2025

VISTO el Expediente de Apelación N° 01500-2025-JUS/TTAIP de fecha 7 de abril de 2025, interpuesto por xxx contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información publica presentada ante el COLEGIO MEDICO DEL PERU — CONSEJO REGIONAL lll con fecha 10 de marzo de 2025, con registro E-004810-2025.
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 10 de marzo de 2025, el recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico lo siguiente:
“1. COPIA DIGITAL SIMPLE del documento que contenga la relación completa del MARCO LEGAL DE LAS DENUNCIAS ÉTICAS, que actualmente esta vigente y es vinculante para el consejo (tribunal, etc.) a cargo de recibir, investigar y resolver las denuncias éticas que se interponen por presunta infracción al Código de Ética y Deontología en el Consejo Regional Il del Colegio Médico del Perú.
2. COPIA DIGITAL SIMPLE de los documentos que contengan TODOS LOS FOLIOS del MARCO LEGAL DE LAS DENUNCIAS ÉTICAS que actualmente esta vigente y es vinculante para el consejo (tribunal, etc.) a cargo de recibir, investigar y resolver las denuncias éticas que se interponen por presunta infracción al Código de Ética y Deontología en el Consejo Regional Ill del Colegio Médico del Perú.
3. COPIA DIGITAL SIMPLE del documento que contenga QUIEN TIENE LA CARGA DE LA PRUEBA (EL DENUNCIANTE O EL DENUNCIADO) en las denuncias éticas que se interponen por presunta infracción al Código de Ética y Deontología del Colegio Médico del Perú en el Consejo Regional II del Colegio Médico del Perú, en el periodo 01.01.2000 hasta 31.12.2024.
4. COPIA DIGITAL SIMPLE de los documentos que contengan la DEFINICIÓN DE PRUEBA, LAS CARACTERÍSTICAS QUE DEBE CUMPLIR LA PRUEBA Y TODO LO RELACIONADO A LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA que actualmente el Consejo Regional II del Colegio Médico del Perú reconoce como validas en la motivación de las resoluciones de las denuncias éticas que se interponen por presunta infracción al Código de Ética y Deontología del Colegio Médico del Perú, en el periodo 01.01.2000 hasta 31.12.2024.
5. COPIA DIGITAL SIMPLE del documento que contenga la RELACIÓN DE INTEGRANTES (NOMBRES Y CARGOS) de las personas que conforman el consejo (tribunal, etc.) a cargo de recibir, investigar y resolver las denuncias éticas que se interponen por presunta infracción al Código de Ética y Deontología en el Consejo Regional III del Colegio Médico del Perú.
6. COPIA DIGITAL SIMPLE de los documentos que contenga las resoluciones, efc. que nombraron a los INTEGRANTES DEL COMITÉ (TRIBUNAL, ETC.) A CARGO DE RECIBIR, INVESTIGAR Y RESOLVER LAS DENUNCIAS ÉTICAS que se interponen por presunta infracción al Código de Ética y Deontología en el Consejo Regional III del Colegio Médico del Perú, en el periodo 01.01.2000 hasta 31.12.2024.
7. COPIA DIGITAL SIMPLE de los documentos que contengan la descripción de la calificación de las PERSONAS QUE INTEGRAN EL CONCEJO (TRIBUNAL, ETC.) A CARGO DE RECIBIR INVESTIGAR Y RESOLVER LAS DENUNCIAS ÉTICAS,
que se interponen por presunta infracción al Código de Ética y Deontología en el Consejo Regional II del Colegio Médico del Perú. Se requiere saber que estudios profesionales tiene dicho personal (Medicina, Psicología, Derecho, etc.), que estudios de especialización tiene dicho personal (maestrías, diplomados, etc.), que cursos de actualización ha llevado dicho personal (cursos, efc.), etc. Información que guarda relación directa con la idoneidad de dicho personal a cargo de RESOLVER denuncias éticas contra médicos.
8. COPIA DIGITAL SIMPLE de los documentos que contengan la parte disponible del Curriculum Vitae de las PERSONAS QUE INTEGRAN EL CONCEJO (TRIBUNAL, ETC.) A CARGO DE RECIBIR INVESTIGAR Y RESOLVER LAS DENUNCIAS ÉTICAS, que se interponen por presunta infracción al Código de Ética y Deontología en el Consejo Regional Ill del Colegio Médico del Perú.
9. El nombre y cargo del empleado (trabajador, etc.) que tenga posesión o control de la Información solicitada en esta solicitud.
10. El nombre y cargo del empleado (trabajador, etc.) que sea responsable de brindar la Información solicitada en esta solicitud”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

Vista preliminar de documento Resolución N° 002412-2025_JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA tachado_ocred

Resolución N° 002412-2025_JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA tachado_ocred

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