Resolución N.° 002145-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
20 de mayo de 2025
VISTO el escrito S/N de subsanación, recibido el 28 de febrero de 2025, referido al Expediente de Apelación N° 03826-2024-JUS/TTAIP recepcionado por este Tribunal con fecha 3 de setiembre de 2024, interpuesto por ROSALINO TORRES HUAMAN contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el GOBIERNO REGIONAL DE ICA con fecha 25 de julio de 2024.
Con fecha 25 de julio de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la siguiente información:
“(…) copias fedateadas debidamente foliadas y enumeradas de los expedientes administrativos números 00439-2016 y 005922-2016 referente al trámite de inscripción y reconocimiento de la Comunidad Campesina Arrieros de las Parroquias de Anan Santa Ana y Luren de Ica (…)”.
Con fecha 3 de setiembre de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando el recurso de apelación materia de análisis.
Con fecha 25 de julio de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la siguiente información:
“(…) copias fedateadas debidamente foliadas y enumeradas de los expedientes administrativos números 00439-2016 y 005922-2016 referente al trámite de inscripción y reconocimiento de la Comunidad Campesina Arrieros de las Parroquias de Anan Santa Ana y Luren de Ica (…)”.
Con fecha 3 de setiembre de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando el recurso de apelación materia de análisis.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala
