Resolución N.° 002097-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

13 de mayo de 2025

VISTO el Expediente de Apelación N° 01353-2025-JUS/TTAIP de fecha 27 de marzo de 2025 interpuesto por OCTAVIO ROJAS CABALLERO contra la Carta N° 000034-2025-GCGF-ESSALUD-2025 notificada con fecha 6 de marzo de 2025, mediante la cual el SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD brindó respuesta a la solicitud de acceso a la información pública presentada con Registro N° S-19133-2025 de fecha 20 de febrero de 2025.
Con fecha 20 de febrero de 2025 el recurrente solicitó que la entidad le remita a su correo electrónico la información1 que a continuación se detalla:
“1. Además del MEMORANDO No 852-2024-GCGFIESSALUD y su "Cargo de Recepción", todo documento que la Gerencia Central de Gestión de las Personas de EsSalud presentó, hasta el 01/May/2022, ante la Gerencia de Contabilidad de la Gerencia Central de Gestión Financiera (GCGF) requiriendo proseguir el trámite de pago los Beneficios Sociales (CTS y Otros), actuación necesaria y suficiente que supone la emisión oportuna del cheque correspondiente para cancelar el referido adeudo laboral el 02/May/2022, situación que guarda estrecha relación con la “Medida Correctiva 6.3” del OFICIO de RESULTADOS N° 879-2024-SERVIR-GDSRH.”. [sic]

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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