Resolución N.° 495-2025-JUS/DGDPAJ-DCMA
Procedimiento Administrativo Sancionador N.° 251-2024
13 de mayo de 2025
Declarar que el CENTRO DE CONCILIACIÓN INSTITUTO LATINOAMERICA DE CONCILIACIÓN, ARBITRAJE Y DEFENSA LEGAL, vulneró su obligación contenida en el numeral 3, del artículo 74° del T.U.O del Reglamento, quedando acreditada la comisión de la infracción prevista en el numeral 3, literal c) del artículo 137° del mismo cuerpo legal. En consecuencia, se le IMPONE la sanción de AMONESTACIÓN ESCRITA, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.
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