Resolución Directoral N.° 027-2025-JUS/DGDPAJ-DCMA
Procedimiento Sancionador N.° 156-2024
7 de enero de 2025
Declarar que la Conciliadora Marjhory Angelica Chahua Ayala, vulneró su obligación contenida en los numerales 6 y 9, del artículo 62° del T.U.O del Reglamento, quedando acreditada la comisión de las infracciones previstas en los numerales 3 y 8, literal a) de los artículos 137° y 139° del mismo cuerpo legal. En consecuencia, se le IMPONE la sanción de MULTA de dos (2) URP, en atención al inciso c) del artículo 130° del T.U.O del Reglamento de la Ley de Conciliación y al amparo del artículo 138° del mismo cuerpo normativo, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.
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