Resolución Directoral N.° 854-2025-JUS/DGDPAJ-DCMA

Procedimiento Administrativo Sancionador N.° 29-2025

20 de junio de 2025

DECLARAR que el CENTRO DE CONCILIACIÓN “PATRÓN SANTIAGO APÓSTOL”, vulneró sus obligaciones contenidas en los numerales 3 y 26, del artículo 74° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación, quedando acreditada la comisión de la infracción prevista en el numeral 3, literal c) del artículo 137° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación y en el numeral 22, literal c) del artículo 139° del mismo cuerpo legal, cuyas conductas se sancionan con amonestación escrita y multa, respectivamente. En consecuencia, de tratarse de un concurso de infracción, se le IMPONE la sanción de MULTA de dos (02) URP, al amparo del literal f), del artículo 130° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación, segundo párrafo del artículo 138° del T.U.O. del Reglamento de la Ley de Conciliación y en atención al principio de razonabilidad, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales DCMA

Vista preliminar de documento 5. PAS N° 029-2025 - RESOLUCION_854-2025_JUS-DCMA

5. PAS N° 029-2025 - RESOLUCION_854-2025_JUS-DCMA

PDF
502.4 KB