Resolución Directoral N.° 678-2025-JUS/DGDPAJ-DCMA
Procedimiento Administrativo Sancionador N.° 09-2025
21 de mayo de 2025
DECLARAR que el CENTRO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO incurrió en la infracción prevista en el numeral 1) literal c) del artículo 139 del TUO del Reglamento de la Ley de Conciliación, correspondiendo IMPONER la sanción de MULTA ascendente a dos (02) URP por admitir a trámite procedimiento conciliatorio sobre materia no conciliable; esto es, pensiones devengadas; conforme a lo señalado en los fundamentos de la presente resolución.
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