Resolución N.° 009-2024-JUS/CN

16 de febrero de 2024

La función del notario público es otorgar fe en representación del Estado, y un ejemplo de esta labor recae en las certificaciones de entrega de cartas notariales, mismas que se ven revestidas de fe pública; por lo cual, su ineficacia, invalidez o nulidad solo corresponde ser declarada por la vía correspondiente, ello de conformidad con lo dispuesto por el artículo 124 del Decreto Legislativo N.° 1049.

Certificación de entrega de cartas notariales.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del año 2024

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