Resolución N.° 059-2024-JUS/CN
31 de julio de 2024
Esta demostrada la responsabilidad del notario quejado por cuanto ha omitido cumplir con las obligaciones legales y reglamentarias que son aplicables al procedimiento de prescripción adquisitiva de dominio notarial, en tanto, se ha demostrado que no tuvo la debida diligencia respecto al cumplimiento de requisitos, asimismo tuvo en curso el trámite por un periodo de siete meses, el cual es superior al establecido por la ley para completar el formulario registral o elevar a escritura pública la solicitud, periodo en el cual no notificó a los interesados ni a los colindantes del lote a prescribir, realizando la comunicación únicamente a través de edictos.
Prescripción adquisitiva de dominio de bien privado del Estado, Plazo final del derecho de oposición,
Notificación de interesados y colindantes.
Prescripción adquisitiva de dominio de bien privado del Estado, Plazo final del derecho de oposición,
Notificación de interesados y colindantes.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del año 2024
