Resolución N.° 033-2024-JUS/CN

20 de mayo de 2024

Los actos jurídicos protocolizados por los notarios contienen fe pública, lo cual implica que los acuerdos, hechos y circunstancias descritas en el instrumento produzcan certeza y presunción iuris tantum, la misma que solo podrá ser desvirtuada por el órgano jurisdiccional mediante sentencia firme

Declaraciones del notario en instrumentos extra protocolares.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del año 2024

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