Resolución N.° 003199-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
7 de agosto de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 02566-2025-JUS/TTAIP recibido por este Tribunal con fecha 16 de junio de 2025, interpuesto por NINO SANTOS ESPINOZA ESTEBAN1, contra la respuesta contenida en la Carta N° D002412-2025-MML-OGSC-FREI de fecha 10 de junio de 2025, mediante la cual la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA2, atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada el 2 de junio de 2025, la cual generó el Registro N° 2025-0112683.
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Que, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente presentó ante la entidad su solicitud de acceso a la información pública requiriendo se le proporcione la siguiente información:
“Todos los actuados del expediente arbitral del arbitraje de la MML contra Rutas de Lima en donde el Tribunal Arbitral lo conformaron Alexis Mourre Antonio Hierro y Elvira Martínez Coco, desconociendo el tercer miembro, y el laudo arbitral fue emitido el 11 de mayo del 2020. documentos como solicitud de arbitraje, contestación a la solicitud, reglas del arbitraje, ordenes procesales, resoluciones, demanda y anexos, contestación a la demanda y anexos, laudo, pedidos frente al laudo, etc. y todo el expediente.” (Sic).
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Que, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente presentó ante la entidad su solicitud de acceso a la información pública requiriendo se le proporcione la siguiente información:
“Todos los actuados del expediente arbitral del arbitraje de la MML contra Rutas de Lima en donde el Tribunal Arbitral lo conformaron Alexis Mourre Antonio Hierro y Elvira Martínez Coco, desconociendo el tercer miembro, y el laudo arbitral fue emitido el 11 de mayo del 2020. documentos como solicitud de arbitraje, contestación a la solicitud, reglas del arbitraje, ordenes procesales, resoluciones, demanda y anexos, contestación a la demanda y anexos, laudo, pedidos frente al laudo, etc. y todo el expediente.” (Sic).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala