Resolución N.° 013-2024-JUS/CN
30 de setiembre de 2025
De conformidad con el artículo 217 del TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en sentido estricto, sólo son impugnables los actos administrativos que ponen fin a la instancia, que determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, o que produzcan indefensión.
Actos impugnables.
Actos impugnables.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del año 2024