Resolución N.° 011-2024-JUS/CN
30 de setiembre de 2025
La vista de la causa es un acto de administración interna, en ese sentido, el pedido de nulidad de oficio no recae sobre un acto administrativo los cuales solo son impugnables si se verifica que vulneran los derechos o intereses de una persona determinado, lo cual no ha sido sustentado en el presente caso. Por otro lado, debe tenerse en cuenta que el procedimiento administrativo no es un tipo de jurisdicción interna, por lo que, no puede producir el agotamiento de la jurisdicción interna.
Nulidad de acto de administración interna, Agotamiento de vía administrativa.
Nulidad de acto de administración interna, Agotamiento de vía administrativa.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del año 2024