Resolución N.° 010-2024-JUS/CN
30 de setiembre de 2025
La prescripción adquisitiva de un bien de dominio privado del Estado si es posible cuando el plazo legal se ha cumplido antes de la entrada en vigencia de la Ley N.° 29618, correspondiendo al notario determinar su aplicación. Al respecto, en relación al plazo final de ejercicio del derecho de oposición del emplazado es aplicable lo establecido en el numeral 5 del artículo 491 del Código Civil, en el que se señala que en el proceso judicial de prescripción adquisitiva de dominio, el emplazado en el proceso tiene diez (10) días hábiles para contestar la demanda.
Prescripción adquisitiva de dominio de bien privado del Estado, Plazo final del derecho de oposición.
Prescripción adquisitiva de dominio de bien privado del Estado, Plazo final del derecho de oposición.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del año 2024