Resolución N.° 002518-2025-JUS-TTAIP-PRIMERA SALA

17 de junio de 2025

VISTO el Expediente de Apelación N° 01801-2025-JUS/TTAIP recibido por este Tribunal con fecha 28 de abril de 2025, interpuesto por el SINDICATO DE OBREROS MUNICIPALES DE PISCO - SOMUNP1, representado por José Huapaya Carbajal en su condición de secretario general, contra la Carta N° 003-2025-MPP-RLT de fecha 8 de abril de 2025, mediante la cual la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO2 atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 27 de marzo de 2025, la cual generó el Expediente N° 6536, ello respecto de los requerimientos contenidos en los ítems 1.1, 1.2 y 1.3 de la solicitud.
CONSIDERANDO:
I.
ANTECEDENTES
Con fecha 27 de marzo de 2025, el recurrente solicitó a la entidad se le remita la siguiente información:
“(…)
1.1. Se nos informe respecto a las ACCIONES PREVENTIVAS O ACCIONES CORRECTIVAS, que fueron tomadas por su GESTION MUNICIPAL, respecto a los siguientes INFORMES DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO (OCI), sobre la CONTRATACION DE LOCADORES DE SERVICIO desde el 01/01/2023 hasta la fecha, como pasamos a detallar:
✓ INFORME DE ORIENTACION DE OFICIO N° 052-2024-OCI/0409-SOO “CONTRATACION DE PERSONAL BAJO LA MODALIDAD DE LOCACION DE SERVICIOS EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO”.
Situación adversa identificada: La entidad viene contratando personal en la modalidad de locación de servicios de manera continua, generando el riesgo que la entidad sea pasible de procesos judiciales de reincorporación laboral que afectarían los intereses económicos de la entidad; de la revisión selectiva a la contratación de los trabajadores que se encuentran laborando en la Municipalidad Provincial de Pisco, mediante la modalidad de locación de servicios, se advierte que, SETENTA (70) LOCADORES, vienen prestando servicios en 24 unidades orgánicas de la entidad de manera ININTERRUMPIDA desde febrero 2023 hasta octubre 2024, detallados en un cuadro resumen.
✓ Bajo esta premisa, al generarse y acreditarse los medios probatorios idóneos de un año de labores continuas, en un contrato de locación de servicios donde exista la subordinación, el pago de una remuneración mensual y la realización de labores de manera permanente, se generaría un perjuicio para la entidad en la modalidad de desnaturalización de contrato donde el trabajador podría demandar vía judicial bajo un proceso contencioso administrativo y obtener la reposición de su puesto, en reconocimiento de su vínculo laboral, obteniendo la condición de servidor público contratado permanente al amparo de la Ley n.° 24041, Ley que determina que los servidores públicos contratados para labores de naturaleza permanente, que tengan más de un año ininterrumpido de servicios, no pueden ser cesados ni destituidos sino por causas previstas en el Capítulo V del Decreto Legislativo N.° 276 y con sujeción al procedimiento establecido en él; en ese sentido, la OCI en su recomendación 2)señala textualmente: “Hacer de conocimiento al Titular de la Entidad que debe comunicar al Órgano de Control Institucional, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles, las acciones preventivas o correctivas adoptadas o por adoptar, respecto a las situaciones adversas contenidas en el presente Informe de Orientación de Oficio, adjuntando la documentación de sustento respectiva.
1.2. Se nos informe un cuadro HISTORICO de la CANTIDAD POR AREA Y UNIDAD ORGANICA ASI COMO LOS NOMBRES DETALLADOS DE LOS LOCADORES DE SERVICIO QUE SU GESTION MUNICIPAL A CONTRATADO EN EL AÑO 2023, AÑO 2024 Y AÑO 2025.
1.3. Se nos informe estadísticamente, CUANTOS PROCESOS DE REPOSICION LABORAL DE EMPLEADOS DEL D.L. N° 276 Y DE OBREROS MUNICIPALES DEL D.L. 728; HA LLEVADO EL PROCURADOR PUBLICO MUNICIPAL (DESDE LA FECHA QUE ASUMIO SUS LABORES EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO); así como detalle pormenorizadamente de dichos PROCESOS DE REPOSICION LABORAL, cuantos procesos HA GANADO en representación de la Municipalidad Provincial de Pisco y cuantos HA PERDIDO Y LAS RAZONES POR LAS CUALES PERDIO Y SE HIZO EFECTIVA LAS REPOSICIONES LABORALES” [sic].

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo PAD - Primera Sala

Vista preliminar de documento Resolución N° 002518-2025-JUS-TTAIP-PRIMERA SALA

Resolución N° 002518-2025-JUS-TTAIP-PRIMERA SALA

PDF
482.5 KB