Resolución N.° 002-2024-JUS/CN
29 de enero de 2025
La facultad del notario de desistirse de la rogatoria corresponde al ejercicio del ius notarius, conforme lo previsto en el artículo 3 del Decreto Legislativo N.°1049, que señala que el notario ejerce su función en forma personal, autónoma, exclusiva e imparcial considerando que con su actuación fomenta la seguridad jurídica.
Desistimiento de la rogatoria.
Desistimiento de la rogatoria.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del año 2024