Resolución N.° 002507-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

13 de junio de 2025

VISTO el Expediente de Apelación N° 01733-2025-JUS/TTAIP de fecha 24 de abril de 2025, interpuesto por contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el MINISTERIO PÚBLICO - PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE FISCALES SUPERIORES DE LIMA CENTRO con fecha 31 de marzo de
2025, con registro de Expediente N.° CEA MUPDFL20250003450.
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 31 de marzo de 2025, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“(…)
1. COPIA DIGITAL SIMPLE de la parte disponible de los oficios que contengan los siguientes datos el traslado a fiscalía del siguiente requerimiento del perito psicólogo institucional: SOLICITUD DE ACCESO A LA CARPETA FISCAL. La información que se requiere es de los oficios que envió Medicina Legal a la Fiscalía a cargo de los casos en que el fiscal a cargo Dispuso se practiquen pericias psicológicas institucionales y estos Protocolos de Pericias Psicológicas (RML) fueron realizados por el psicólogo ENRIQUE MANUEL PACHECO ZEGARRA en el siguiente periodo de tiempo 01-10-2020 hasta 31-03-2021. La
información que se requiere tiene que ver únicamente con saber en qué medida dicho perito ejecuta sus funciones en conformidad con lo que estable la Ley en este tipo de casos.
2. COPIA DIGITAL SIMPLE de la parte disponible de los oficios que contengan los siguientes datos el traslado a fiscalía del siguiente requerimiento del perito psicólogo institucional: NUMERO DE LOS OFICIOS. La información que se requiere es de los oficios que envió Medicina Legal a la Fiscalía a cargo de los casos en que el fiscal a cargo Dispuso se practiquen pericias psicológicas institucionales y estos Protocolos de Pericias Psicológicas (RML) fueron realizados por el psicólogo ENRIQUE MANUEL PACHECO ZEGARRA en el siguiente periodo de tiempo 01-10-2020 hasta 31-03-2021.
3. COPIA DIGITAL SIMPLE de la parte disponible de los oficios que contengan los siguientes datos el traslado a fiscalía del siguiente requerimiento del perito psicólogo institucional: FECHA DE LOS OFICIOS. La información que se requiere es de los oficios que envió Medicina Legal a la Fiscalía a cargo de los casos en que el fiscal a cargo Dispuso se practiquen pericias psicológicas institucionales y estos Protocolos de Pericias Psicológicas (RML) fueron realizados por el psicólogo ENRIQUE MANUEL PACHECO ZEGARRA en el siguiente periodo de tiempo 01-10-2020 hasta 31-03-2021.
4. COPIA DIGITAL SIMPLE de la parte disponible de los oficios que contengan los siguientes datos el traslado a fiscalía del siguiente requerimiento del perito psicólogo institucional: NOMBRE DE LAS FISCALIAS A CARGO. La información que se requiere es de los oficios que envió Medicina Legal a la Fiscalía a cargo de los casos en que el fiscal a cargo Dispuso se practiquen pericias psicológicas institucionales y estos Protocolos de Pericias Psicológicas (RML) fueron realizados por el psicólogo ENRIQUE MANUEL PACHECO ZEGARRA en el siguiente periodo de tiempo 01-10-2020 hasta 31-03-2021.
5. COPIA DIGITAL SIMPLE de la parte disponible de los oficios que contengan los siguientes datos el traslado a fiscalía del siguiente requerimiento del perito psicólogo institucional: NOMBRE Y CARGO DE LOS FISCALES A CARGO DEL CASO. La información que se requiere es de los oficios que envió Medicina Legal a la Fiscalía a cargo de los casos en que el fiscal a cargo Dispuso se practiquen pericias psicológicas institucionales y estos Protocolos de Pericias Psicológicas (RML) fueron realizados por el psicólogo ENRIQUE MANUEL PACHECO ZEGARRA en el siguiente periodo de tiempo 01-10-2020 hasta 31-03-2021.
6. El nombre y cargo del funcionario o servidor público que tenga posesión o control de la Información solicitada.
7. El nombre y cargo del funcionario o servidor público responsable de entregar la Información solicitada. Cabe señalar que en ninguno de los ítems solicitados se está solicitando el íntegro del contenido de los oficios, únicamente se está solicitando información parcial que tiene que ver únicamente con el ejercicio de las funciones del perito. Es así que no se está solicitando los nombres de los peritados.
(…)”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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