Resolución N.° 002319-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
30 de mayo de 2025
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01711-2025-JUS/TTAIP de fecha 23 de abril de 2025, interpuesto por DORIS FABIOLA PALMADERA ROMERO contra la Carta N° 501-2025-MD-JM-SG-OACGDA de fecha 15 de abril de 2025, mediante la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA atendió su solicitud de acceso a la información pública de fecha 9 de abril de 2025, generándose el Expediente N° 2025-08150.
(...)
Con fecha 9 de abril de 2025, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“Solicito el código único de inversión y el expediente técnico de la obra ‘Módulo de seguridad ciudadana’, ubicada en la pileta de las intersecciones del jirón Los Mogaburos y la Av. Arnaldo Márquez. Si no se cuenta con lo solicitado, indicarlo expresamente y remitir documentos equivalentes. Solicito también todos los informes y documentos relacionados con la decisión de demoler la pileta ornamental ubicada en las intersecciones del jirón Los Mogaburos y la Av. Arnaldo Márquez y construir el módulo de seguridad”. Solicito también todos los documentos e informes relacionados con la encuesta que se habría realizado relativo a la demolición de la pileta ornamental antes indicada y la construcción del módulo de seguridad ciudadana”.
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Con fecha 9 de abril de 2025, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“Solicito el código único de inversión y el expediente técnico de la obra ‘Módulo de seguridad ciudadana’, ubicada en la pileta de las intersecciones del jirón Los Mogaburos y la Av. Arnaldo Márquez. Si no se cuenta con lo solicitado, indicarlo expresamente y remitir documentos equivalentes. Solicito también todos los informes y documentos relacionados con la decisión de demoler la pileta ornamental ubicada en las intersecciones del jirón Los Mogaburos y la Av. Arnaldo Márquez y construir el módulo de seguridad”. Solicito también todos los documentos e informes relacionados con la encuesta que se habría realizado relativo a la demolición de la pileta ornamental antes indicada y la construcción del módulo de seguridad ciudadana”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala